En el año del vigésimo aniversario de la Ley de Trabajo Doméstico, Uruguay revisa una transformación que amplió derechos, formalizó miles de empleos y abrió la negociación salarial. Sin embargo, la informalidad, los bajos ingresos y el cumplimiento desigual de la normativa siguen marcando la realidad del sector.
Uruguay conmemora en 2026 los veinte años de la Ley N.º 18.065, una norma que modificó profundamente el reconocimiento jurídico y social del trabajo doméstico remunerado. La ley fue promulgada el 27 de noviembre de 2006 y estableció derechos que durante décadas no habían alcanzado plenamente a uno de los sectores más feminizados y vulnerables del mercado laboral.
El aniversario motivó la realización del Primer Encuentro Iberoamericano sobre Trabajo Doméstico, desarrollado los días 18 y 19 de agosto en el Palacio Legislativo. La actividad reunió a autoridades nacionales, representantes de organismos internacionales, especialistas, organizaciones sociales, empleadores y trabajadoras de distintos países.
El encuentro fue organizado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Banco de Previsión Social y la Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Durante las jornadas se analizaron los avances normativos, la formalización laboral, la fiscalización, la negociación colectiva y los problemas que todavía dificultan el acceso efectivo a los derechos.
La segunda jornada coincidió con el Día de la Trabajadora Doméstica, conmemorado cada 19 de agosto en recuerdo de la instalación, en 2008, del primer Consejo de Salarios del sector. En Uruguay, esa fecha constituye un feriado pago y no laborable para quienes desarrollan esta actividad.
Una ley que cambió las reglas
La Ley N.º 18.065 fijó una jornada máxima de ocho horas diarias y 44 horas semanales. También reguló los descansos intermedio, semanal y nocturno, reconoció la indemnización por despido e incorporó a las trabajadoras domésticas al seguro de desempleo y a la cobertura por enfermedad.
Su aprobación permitió, además, que el sector ingresara a los Consejos de Salarios y comenzara a negociar colectivamente remuneraciones, beneficios y condiciones laborales.
A partir de ese proceso se fueron incorporando derechos como la prima por antigüedad, la prima por presentismo, la compensación por nocturnidad, el salario vacacional complementario y distintas licencias especiales. La afiliación al BPS habilita también el acceso a cobertura de salud, asignaciones familiares, prestaciones por maternidad y protección frente a accidentes de trabajo.
El avance resulta especialmente significativo porque más del 99% de quienes trabajan en el servicio doméstico son mujeres. Se trata, además, de una actividad que permite el funcionamiento cotidiano de miles de hogares y facilita que otras personas puedan trabajar, estudiar o desarrollar tareas fuera de sus casas.
Más formalización, pero una brecha persistente
Los registros oficiales muestran una transformación importante desde la aprobación de la ley. A diciembre de 2025, el BPS contabilizaba aproximadamente 73.400 puestos cotizantes de trabajo doméstico, un 83% más que al comienzo del proceso. Durante el encuentro se informó que la cifra más reciente se ubicaría en el entorno de los 76.000 puestos.
Sin embargo, un puesto cotizante no equivale necesariamente a una persona. En este sector es frecuente que una misma trabajadora se desempeñe en varios domicilios y figure en más de un vínculo laboral. Por ese motivo, las cifras administrativas del BPS no deben sumarse ni compararse directamente con las estimaciones sobre cantidad de trabajadoras.
La Encuesta Continua de Hogares correspondiente a 2024 situó el no registro a la seguridad social en el trabajo doméstico en 44,5%. En 2006 esa proporción alcanzaba el 67%, por lo que la reducción es considerable, aunque la informalidad continúa siendo casi el doble de la registrada para el conjunto de las personas ocupadas.
El Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas estima que unas 45.000 personas todavía desarrollan esta actividad sin estar formalizadas. La falta de registro no se limita a una omisión administrativa: deja a las trabajadoras sin cobertura por enfermedad, desempleo o maternidad y compromete sus posibilidades de acceder a una jubilación.
La ley y su aplicación real
La distancia entre los derechos reconocidos y su cumplimiento efectivo aparece como uno de los principales problemas pendientes. Desde el sindicato se advierte que persisten relaciones laborales sin registro, jornadas que superan los límites establecidos, remuneraciones inferiores a los mínimos y dificultades para ejercer los descansos y beneficios correspondientes.
También se señala una aplicación desigual entre Montevideo y el interior del país. Los salarios mínimos y los derechos establecidos tienen alcance nacional, pero las organizaciones de trabajadoras sostienen que el acceso a la información, la presencia sindical y los controles son más débiles fuera de la capital.
Las características particulares del sector dificultan la fiscalización. El trabajo se desarrolla dentro de hogares privados, las trabajadoras se encuentran dispersas y, en muchos casos, cumplen pocas horas en varios domicilios. Esa realidad limita la organización colectiva y puede generar temor a denunciar incumplimientos por la posibilidad de perder el empleo.
Un estudio del BPS publicado en 2025 muestra que las solicitudes de inspección originadas en denuncias de trabajadoras pasaron de 236 en 2023 a 469 en 2024. El aumento puede reflejar una mayor disposición a reclamar, pero también confirma que los incumplimientos continúan formando parte de la realidad laboral.
Tres categorías para reconocer tareas diferentes
Uno de los avances más recientes comenzó a regir el 1.º de julio de 2026, con la creación de tres categorías laborales: General, Cocina y Cuidados. La medida surgió del acuerdo alcanzado en diciembre de 2025 durante la undécima ronda de los Consejos de Salarios.
La categoría General comprende tareas como limpieza, lavado, planchado, mantenimiento del hogar, mandados y cuidado de mascotas. Cocina corresponde a quienes se dedican principalmente a preparar alimentos, mientras que Cuidados incluye la atención habitual de niñas, niños, adolescentes, personas mayores o personas en situación de dependencia.
Desde julio, los salarios mínimos mensuales por 44 horas semanales quedaron establecidos en 32.051 pesos para la categoría General, 33.796 pesos para Cocina y 34.885 pesos para Cuidados. Los valores mínimos por hora son, respectivamente, 169, 178 y 184 pesos.
La diferenciación reconoce que no todas las tareas domésticas tienen las mismas responsabilidades ni requieren las mismas capacidades. Para el sindicato representa una reivindicación histórica, aunque su aplicación dependerá de que cada vínculo laboral sea correctamente registrado en la categoría correspondiente.
Los desafíos de la próxima etapa
El ministro de Trabajo y Seguridad Social, Juan Castillo, destacó durante la conmemoración que los derechos alcanzados fueron el resultado de la organización y la lucha de las trabajadoras. La presidenta del BPS, Jimena Pardo, señaló, por su parte, que la aprobación de una ley constituye un punto de partida, pero necesita políticas públicas y herramientas de control que permitan transformar el reconocimiento jurídico en derechos efectivos.
Entre los principales desafíos aparecen la reducción de la informalidad, la mejora de los salarios, el fortalecimiento de la fiscalización y el acceso a una jubilación suficiente. El sindicato también plantea revisar algunos aspectos de la normativa, especialmente los relacionados con quienes trabajan sin retiro o bajo el régimen conocido como “con cama”.
El vigésimo aniversario encuentra así al trabajo doméstico uruguayo en una situación de avances comprobables y deudas persistentes. La ley modificó la historia del sector, pero la existencia de derechos escritos no garantiza por sí sola su cumplimiento. El desafío de los próximos años será conseguir que esa protección llegue efectivamente a cada trabajadora, sin importar el hogar en el que trabaje ni el lugar del país en el que viva.
