Este miércoles 19 de agosto Uruguay conmemora el Día de la Trabajadora y el Trabajador Doméstico, feriado pago y no laborable para quienes integran el sector. La fecha nació con la incorporación de la actividad a la negociación colectiva en 2008, dos años después de la aprobación de una ley que reconoció derechos largamente postergados. El recorrido permite comprender una transformación laboral construida entre trabajadoras, empleadores y Estado, pero también observar las deudas que persisten en materia de formalización, salarios y cumplimiento efectivo de las normas.
Una conmemoración que no debe confundirse
En Uruguay, el 19 de agosto no corresponde al Día del Ama de Casa. La fecha reconoce a las personas que realizan trabajo doméstico remunerado dentro de uno o varios hogares y que mantienen una relación laboral con quienes las contratan.
La confusión puede originarse en un dato histórico: la Liga de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios del Uruguay participó en las negociaciones de 2008 como representante de la parte empleadora. Junto al Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas y los delegados del Poder Ejecutivo, integró la mesa tripartita en la que comenzaron a discutirse salarios, condiciones laborales y derechos específicos para el sector.
La ley que abrió el camino
El primer cambio decisivo se produjo el 27 de noviembre de 2006, con la promulgación de la Ley 18.065. La norma definió el trabajo doméstico y estableció garantías que hasta entonces no se encontraban claramente reconocidas o equiparadas con las de otras actividades.
La ley fijó una jornada máxima de ocho horas diarias y 44 horas semanales, reguló los descansos intermedios y semanales, estableció disposiciones sobre indemnización por despido, protección de la maternidad y cobertura por desempleo, y habilitó la incorporación del sector al sistema de negociación colectiva.
La aprobación de aquella norma no creó el Día de la Trabajadora Doméstica, pero construyó la base jurídica que permitió avanzar hacia su reconocimiento.
Una fecha nacida de la negociación colectiva
El 19 de agosto de 2008 comenzó una etapa histórica: el trabajo doméstico ingresó por primera vez a los Consejos de Salarios, dentro del Grupo 21. El sector, tradicionalmente desarrollado en la intimidad de los hogares y muchas veces alejado de los controles laborales, obtuvo un espacio formal de representación y negociación.
La participación fue tripartita. Las trabajadoras estuvieron representadas por su sindicato; la Liga de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios asumió la representación empleadora; y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social intervino en nombre del Poder Ejecutivo.
El primer convenio colectivo fue firmado el 10 de noviembre de 2008. Entre sus disposiciones se estableció que cada 19 de agosto se celebraría el Día del Trabajador Doméstico como feriado pago. El Poder Ejecutivo extendió posteriormente el acuerdo a todo el país mediante el Decreto 670/008, promulgado el 22 de diciembre de ese año. La primera conmemoración nacional se realizó en 2009.
La fecha, por lo tanto, no fue decidida por una persona ni surgió de una declaración aislada. Fue resultado de una negociación entre trabajadoras, empleadores y Estado.
Qué significa el feriado del 19 de agosto
El 19 de agosto es un feriado pago y no laborable para las personas comprendidas dentro del trabajo doméstico. Esto significa que las trabajadoras y los trabajadores del sector tienen derecho a no concurrir a sus tareas y a recibir igualmente la remuneración correspondiente.
La jornada constituye un derecho laboral y no una licencia que deba recuperarse posteriormente. Su reconocimiento alcanza a quienes realizan tareas domésticas remuneradas, independientemente de que trabajen por hora, por jornal o con una remuneración mensual.
Además de este feriado, el sector cuenta con derechos como aguinaldo, licencia anual, salario vacacional, descanso semanal, pago de horas extras, prima por antigüedad, indemnización por despido, cobertura de salud, seguro por accidentes laborales y acceso a las prestaciones de seguridad social.
Un trabajo realizado casi totalmente por mujeres
El trabajo doméstico continúa siendo una de las actividades más feminizadas del mercado laboral uruguayo. Los últimos datos detallados divulgados por el Banco de Previsión Social muestran que más del 99 % de quienes trabajan en el sector son mujeres. En diciembre de 2024 se registraban 74.056 puestos cotizantes.
Detrás de esas cifras existe una actividad indispensable para el funcionamiento cotidiano de miles de hogares. Limpieza, lavado, planchado, preparación de alimentos y cuidado de niños, personas mayores o personas que necesitan asistencia son algunas de las tareas comprendidas.
Durante décadas, muchas de estas labores fueron consideradas una extensión natural de las obligaciones femeninas y no un empleo con valor económico y derechos propios. El reconocimiento legal y colectivo permitió comenzar a modificar esa mirada.
Uruguay como referencia internacional
El proceso uruguayo también tuvo repercusión internacional. En 2012, Uruguay se convirtió en el primer país del mundo en ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, dedicado a garantizar condiciones laborales dignas para quienes trabajan en el servicio doméstico.
Esa decisión colocó al país como una referencia en la protección del sector. Sin embargo, el reconocimiento internacional y la existencia de una legislación avanzada no significan que todos los problemas estén resueltos.
La informalidad, la falta de aportes a la seguridad social, el incumplimiento de descansos, la extensión indebida de las jornadas y las dificultades para controlar las condiciones laborales dentro de los hogares continúan siendo desafíos.
Nuevas categorías desde julio de 2026
El reconocimiento del trabajo doméstico dio otro paso el 1.º de julio de 2026, con la entrada en vigencia de tres categorías laborales: General, Cocina y Cuidados. La clasificación fue acordada en diciembre de 2025, durante la undécima ronda de los Consejos de Salarios.
La categoría General comprende principalmente las tareas de limpieza, mantenimiento del hogar, lavado, planchado, mandados y cuidado de espacios exteriores o mascotas. Cocina reconoce a quienes tienen como función principal y habitual la preparación de alimentos y la planificación de menús. Cuidados abarca a quienes se dedican principalmente a la atención de niños, personas mayores, personas con discapacidad o con necesidades especiales.
La incorporación de estas categorías busca reconocer que no todas las funciones poseen las mismas responsabilidades, exigencias o niveles de especialización. También permite establecer remuneraciones mínimas diferenciadas de acuerdo con la tarea principal desarrollada.
Un día para reconocer y cumplir
El 19 de agosto reúne celebración, memoria y reivindicación. Recuerda el ingreso de un sector históricamente postergado a la negociación colectiva y reconoce una tarea esencial para la organización de la vida cotidiana.
Pero la conmemoración no puede quedar reducida a un saludo. También exige que las trabajadoras estén registradas, reciban la remuneración correspondiente, tengan sus aportes al día y puedan ejercer efectivamente los derechos establecidos por la legislación.
El trabajo doméstico se desarrolla dentro de los hogares, pero sus derechos no pertenecen al ámbito privado. Son derechos laborales y su cumplimiento constituye una responsabilidad de toda la sociedad.
