Cuartelillo de Bomberos para el Carmen

El edil Carlos Garateguy del Partido Colorado presentó la necesidad de instalar un cuartelillo de bomberos en ciudad del Carmen, dando datos sobre los avances con que se cuentan en tal sentido.

“Por la actual crisis debido a la falta de lluvias y los numerosos incendios en todo el país, me voy a referir y hacer eco de las palabras de varios colegas ediles, principalmente de Marcelo Luján, quien lo ha tratado a este tema a nivel nacional” dijo.

“Ese sentimiento de las autoridades y la ciudadanía del Carmen, la creación de un Cuartelillo de Bomberos voluntario, a la fecha se han hecho gestiones, las cuales muchas están resueltas. primero referente al local, existe una casa en la cual funcionaría el mencionado Cuartelillo con la salvedad de que dicha casa se encuentra habitada. Segundo, como condición de que quede libre debe hacerse una casa para reubicación de las personas allí existentes. Existe una canasta de materiales para la construcción de lamisma, según se nos ha informado la Junta Local no tendría mano de obra además de un técnico para hacer los planos, entre otros trámites, por ser un proyecto de tanto interés entendemos que el Alcalde y sus Consejales deberían pedir la colaboracion a la Intendencia Departamental de dicho profesional y personal, también pedir colaboración al Ministerio de Defensa en caso que sea necesario de personal idóneo” agregó.

“Esta concreción traería una solución a mediano y largo plazo para la ciudad, muy anhelado por todos los habitantes, entendemos que con la ayuda de todo el sistema político se puede lograr, sería fundamental comenzar a efectuar una lista de aspirantes, o sea personas con espíritu de servicio y disponibilidad de tiempo, siendo los principales requisitos para formar parte, certificado de buena conducta, carnet de salud y firmar un contrato de responsabilidad” indicó.

“Existe en Montevideo, en el Cuartel Centenario, la oficina Nacional de Contralor de Bomberos Voluntarios, para bomberos voluntarios de todo el país, o sea como se le llama Destacamento de Primera Respuesta, del cual emerge un comunicado que indica que en estos servicios no será obligatorio el régimen de guardias presenciales, cada agrupación deberá establecer una propuesta de sistema de activación y concurrencia permanente a las intervenciones de emergencia que surjan, elevando a la Oficina Nacional de Contralor de Bomberos Voluntarios, por medio del Consejo Nacional, una vez puesto en marcha cada servicio de primer respuesta” dijo.

“Cada propuesta será analizada y aprobada por la Dirección Nacional de Bomberos. Cualquier bombero voluntario podría realizar guardias honorarias, de forma voluntaria y sin restricciones mínimas y máximas de horarios, se establecerá un protocolo de registro de presencialidad sumando las intervenciones y la capacitación permanente a quienes se unan como bomberos voluntarios. Es fundamental que se capaciten, se vayan formando y se soliciten esas formaciones de los futuros bomberos volntarios, para que cuando se logre solucionar el problema habitacional pueda comenzar lo antes posible a funcionar” indicó.

“Pido que las palabras pasen al Señor Alcalde del Carmen y al Señor Intendente de Durazno, para que intercedan en dichas gestiones” finalizó.

Bomberos voluntarios

Cada ciudadano Uruguayo puede ser bombero voluntario y que para ello se debe solicitar en los Destacamentos de bomberos de cada ciudad o localidad un formulario donde deberá completar y después rendir diferentes pruebas de aptitud para las tareas de acuerdo a las edades de los interesados.

La Dirección Nacional de Bomberos podrá constituir grupos de ciudadanos que, en carácter voluntario (art. 2 Ley Nº 17.885), desempeñen tareas de apoyo tanto en la faz preventiva como en la faz ejecutiva de la policía del fuego. Estos grupos no serán autónomos, y se desempeñarán siempre bajo supervisión directa o inmediata de funcionarios de la Dirección Nacional de Bomberos cooperando con éstos.

Los ciudadanos voluntarios que forman parte de los grupos referidos en el artículo anterior, en general sólo podrán ser empleados en tareas de mínimo riesgo, que no signifiquen exposición al

siniestro. En particular podrán desempeñar tareas de abastecimiento hídrico, emplazamiento de escaleras colizas, ayuda en la disposición y provisión de materiales y equipos de protección personal de los funcionarios de la Dirección Nacional de Bomberos, comunicaciones u otras de similar naturaleza. En localidades donde no sea posible integrar las dotaciones con personal presupuestado, excepcionalmente la Dirección Nacional de Bomberos podrá emplear a los voluntarios en tareas de exposición directa al siniestro, siempre que estén al mando de funcionarios de dicha Dirección Nacional.