La edila Virginia Viñoly presentó la inquietud de vecinos y productores por la falta de mantenimiento de la vía férrea y también de caminos vecinales, donde proliferan las malezas.
“Me voy a referir a un tema que es el de las malezas y abrojales al costado de las vías férreas. Ahí vemos en imágenes el estado en que está la estación de Durazno. Estuvimos recorriendo todo el pasaje de la vía férrea por nuestra ciudad y es realmente mucha la maleza que hay allí. No se hace mantenimiento de las mismas, conversando con los vecinos nos decían que es una reproducción de perros, gatos y ratas. Consorcio Vía Central que fue quien firmó con el Estado el 21 de octubre de 2019, que se comprometió a construir, financiar y mantener el tramo de vía férrea entre Montevideo y Tacuarembó, en un total de 273 kilómetros, lo mismo que solicitamos es que se haga el mantenimiento de todo el trayecto de vía férrea dentro de la ciudad. Pido que mis palabras pasen a Consorcio Vía Férrea y a AFE” dijo.
Según el contrato, las empresas uruguayas Saceem y Berkes, la española Sacyr y la francesa NGE integran la sociedad Grupo Vía Central (GVC) que está a cargo de la obra del Ferrocarril Central para el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP). Rehabilitará 273 KM de la vía férrea que une la ciudad de Paso de los Toros (Tacuarembó) con el puerto de Montevideo, para el transporte de cargas y pasajeros, de forma más rápida, segura y económica.
También se procedió al retiro de la vía para traslado y acopio del administrador del Estado (MTOP – AFE), y su eventual utilización como nuevas vías o reparación de las dañadas. Grupo Vía Central es el responsable del financiamiento, diseño, rehabilitación y mantenimiento durante un plazo de 18 años del proyecto.
La construcción de la nueva vía férrea empleará la última tecnología como rieles soldados, protecciones antirruido y antivibración. Además, permitirá al ferrocarril reducir sus tiempos de viaje en un 50%, y aumentar la capacidad de carga de la infraestructura, pasando de 18 a 22 toneladas por eje. La obra genera empleos directos e indirectos (vinculadas al comercio y servicios) en las distintas localidades y ciudades, las que se han visto impactadas positivamente por el desarrollo de esta nueva infraestructura.
GVC llevará a cabo el mantenimiento de la infraestructura durante 15 años, a partir de la finalización de las obras y el comienzo de la Operación, mediante la empresa creada al efecto, formada por las empresas socias, y sus divisiones especializadas en este tipo de labores.
“En otro orden y a pedido de productores preocupados, es el tema de los abrojales que están en las rutas y caminos vecinales, estos productores piden que se hagan controles del mismo porque es maleza declarada plaga. Pido que mis palabras pasen al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” finalizó.
Según el Decreto vigente, se declaró obligatoria la destrucción del «Abrojo Grande» (Xantium Cavanillessi Schouw) y del «Abrojo Chico» «Cepa Caballo» (Xantium Spinosum L.) en todo el territorio nacional. Las Direcciones de Sanidad Vegetal y de Agronomías Regionales de la Dirección General de Servicios Agronómicos tomarán a su cargo la dirección de la lucha, a cuyos efectos se les comete, de acuerdo a sus campos respectivos de responsabilidades a organizar y luchar contra ambas plagas en todo el territorio nacional, divulgar lo métodos de lucha modernos, instruir, orientar y asesorar a los funcionarios que actúen en la lucha de las mencionadas plagas.
La faz técnica de la lucha contra el abrojo grande y cepa caballo estará a cargo de la Dirección de Sanidad Vegetal, que respaldará a los Servicios Agronómicos Regionales en todos los cometidos que entienda pertinente. El Ministerio de Agricultura y Pesca podrá designar Comisiones Honorarias de Zona, integradas por funcionarios propios o por particulares, cuya colaboración se estime beneficiosa, a fin de que cooperen en la lucha contra las plagas a que se refiere el presente decreto, en las jurisdicciones zonales que se determinen al construirlas.
Quedan obligados los ocupantes de los predios, a cualquier título, y los propietarios de aquellos que no se hallan ocupados, a destruir, en los mismos, por cualquier medio, el Abrojo Grande y el Abrojo Chico o Cepa Caballo, antes del 31 de enero de cada año, así como también los ejemplares de
dichas malezas que crezcan en los caminos y calles linderas, correspondiéndoles la erradicación de los mismos hasta la mitad del camino o calle frentista a sus predios, incluso la cuarta parte de la bocacalle cuando los predios formen esquinas.
Al Ministerio de Transporte y Obras Públicas corresponde erradicar por cualquier medio, el Abrojo Grande y el Abrojo Chico o Cepa Caballo, que se encuentre en los pasos de los arroyos de su jurisdicción. La misma obligación le corresponde a la Administración de los Ferrocarriles del Estado (AFE), por las malezas antes mencionadas que crezcan en los terrenos ocupados por las vías férreas y sus adyacencias. Será también obligación de la autoridad competente proceder, de igual forma, en los predios de uso público del Estado y en las calles de las ciudades, pueblos o villas.
Los Servicios Agronómicos Regionales que corresponda, acordarán con los Municipios respectivos la forma de extirpar las malezas plagas que se mencionan en este decreto, en las calles y terrenos baldíos de las plantas urbanas y suburbanas de la ciudad, villas o pueblos.