En la última sesión del Consejo Directivo Central (Codicen) se resolvió aprobar con los votos del oficialismo los programas de primer año de bachillerato de Secundaria y UTU, que comenzarán a regir desde marzo de 2024.
Los programas de Secundaria y UTU pasarán a ser analizados por las Asambleas Técnico Docentes (ATD) de los dos subsistemas para su aprobación definitiva.
En Secundaria, los liceos lo analizarán el 16 de noviembre y los días 23, 24 y 25 de este mes se desarrollará la ATD Nacional de ese subsistema de la educación, que elevará luego un informe contemplando las visiones de los centros.
UTU llevará adelante el mismo proceso el 18 de noviembre, con una instancia de ATD Nacional entre el 27 al 29 de este mes, donde representantes del subsistema de todo el país se reunirán para elaborar el informe final que es reclamado desde el Codicen.
Los dos subsistemas cuenten con un plazo de hasta el 4 de diciembre para presentar sus informes. En la última sesión del Codicen también se analizó el nuevo reglamento de evaluación de bachillerato, que comenzará a regir desde marzo de 2024 en primer año.
En cada uno de los subsistemas de la Administración Nacional de Educación Pública funcionará una Asamblea Técnico Docente (ATD) representativa del cuerpo docente que tendrá derecho a iniciativa y función consultiva en aspectos educativos de la rama específica y de educación general. El Consejo Directivo Central reglamentará su funcionamiento, previa opinión de la Dirección General respectiva o del Consejo de Formación en Educación. Las ATD serán preceptivamente consultadas antes de la aprobación o modificación de planes o programas del nivel correspondiente. En cada centro educativo funcionará una ATD con función consultiva y derecho a iniciativa frente a la Dirección del centro educativo. Se relacionará con la ATD nacional de la forma que la reglamentación lo indique.
Las Asambleas de Docentes establecidas en el Artículo 19 numeral 8 de la Ley No. 15.739, son órganos deliberantes con facultades de iniciativa y funciones consultivas en los problemas técnico-pedagógicos de la rama respectiva y en temas de educación general. Funcionarán por establecimientos de enseñanza así como en asambleas nacionales de docentes de cada Consejo de Educación.
Las mismas tendrán derecho de iniciativa y función consultiva en los problemas técnico-pedagógicos de la rama respectiva y en temas de educación general. Corresponderá su reglamentación al Consejo Directivo Central. Artículo 19 numeral 8 de la Ley 15.739
Los cometidos de las ATD son emitir opinión en todas aquellas cuestiones de índole técnico-pedagógico o en temas de educación general que el Consejo Directivo Central o cada Consejo desconcentrado les sometan a consulta, ejercer iniciativa como órganos de asesoramiento en los problemas técnico-pedagógico de la rama respectiva y en temas de educación general, pedir a los Consejos respectivos los datos e informes que estimen necesarios para el cumplimiento de sus cometidos. Esta facultad no comprende los informes, documentos o piezas que sean calificados como secretos, confidenciales o reservados en conformidad con el Artículo 80 de la Ordenanza No. 10.
También son cometidos elegir la Mesa Permanente, crear Comisiones y Salas docentes que estimen pertinentes de acuerdo con los temas tratados.
Asi como la Asamblea Tecnico Docente adquiere carácter de derecho para los docentes, ya que pueden emitir en ellas sus opiniones con respecto a los temas para los cuales son convocados, también es obligatoria para todos los trabajadores del sector, extiendo sanciones económicas para los quienes no concurran a la misma.